BCV autoriza la venta de divisas en efectivo
Instituciones financieras podrán ofertar en las mesas cambiarias
Caracas.- El Banco Central de Venezuela (BCV) autorizó a las casas de cambio y al sector bancario, tanto público como privado, la venta de divisas en efectivo.
A través de un comunicado el ente encargado de regular la política monetaria del país indicó que las instituciones financieras tanto públicas como privadas podrán realizar ventas a través de las mesas cambiarias. Asimismo, los intermediarios podrán solicitar a la Gerencia de Operaciones Cambiarias, adscrita a la Vicepresidencia de Operaciones Internacionales del BCV, la autorización para proceder a la venta de las monedas provenientes del menudeo.
La venta de las monedas extranjeras se establecerá a través los mecanismos instaurados en el Sistema de Mercadeo Cambiario. El objetivo de estas acciones consiste en garantizar la desacumulación de las divisas provenientes de las ventas de productos al por menor.
“El Banco Central de Venezuela, en función de lo establecido en la Sección II del Capítulo II del Convenio Cambiario N° 1 del 21/08/2018, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.405 Extraordinario de fecha 07/09/2018, informa a los bancos universales y a las casas de cambio regidos por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Instituciones del Sector Bancario, autorizados como intermediarios especializados para efectuar operaciones cambiarias al menudeo, que el Directorio de este Instituto en su sesión N° 5.194 de fecha 12/03/2020, acordó que dichos intermediarios podrán solicitar, mediante comunicación dirigida a la Gerencia de Operaciones Cambiarias, adscrita a la Vicepresidencia de Operaciones
Internacionales de este Ente Emisor, autorización para proceder a la venta de sus posiciones en moneda extranjera en efectivo derivadas de las operaciones cambiarias al menudeo, en los mecanismos establecidos en el Sistema de Mercado Cambiario”, se lee.
A través de un comunicado el ente encargado de regular la política monetaria del país indicó que las instituciones financieras tanto públicas como privadas podrán realizar ventas a través de las mesas cambiarias. Asimismo, los intermediarios podrán solicitar a la Gerencia de Operaciones Cambiarias, adscrita a la Vicepresidencia de Operaciones Internacionales del BCV, la autorización para proceder a la venta de las monedas provenientes del menudeo.
La venta de las monedas extranjeras se establecerá a través los mecanismos instaurados en el Sistema de Mercadeo Cambiario. El objetivo de estas acciones consiste en garantizar la desacumulación de las divisas provenientes de las ventas de productos al por menor.
“El Banco Central de Venezuela, en función de lo establecido en la Sección II del Capítulo II del Convenio Cambiario N° 1 del 21/08/2018, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.405 Extraordinario de fecha 07/09/2018, informa a los bancos universales y a las casas de cambio regidos por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Instituciones del Sector Bancario, autorizados como intermediarios especializados para efectuar operaciones cambiarias al menudeo, que el Directorio de este Instituto en su sesión N° 5.194 de fecha 12/03/2020, acordó que dichos intermediarios podrán solicitar, mediante comunicación dirigida a la Gerencia de Operaciones Cambiarias, adscrita a la Vicepresidencia de Operaciones
Internacionales de este Ente Emisor, autorización para proceder a la venta de sus posiciones en moneda extranjera en efectivo derivadas de las operaciones cambiarias al menudeo, en los mecanismos establecidos en el Sistema de Mercado Cambiario”, se lee.
Siguenos en
Telegram,
Instagram,
Facebook y
Twitter
para recibir en directo todas nuestras actualizaciones